Habiendo presentado la solicitud de exención por ser una explotación de cobranza de Pago Fácil, la misma figura como pendiente porque debo cargar el contrato en la página de afip. ¿Dónde se debe realizar dicha carga?
Debe hacer la presentación a través del servicio Presentaciones Digitales, seleccionando el trámite "REGISTRO DE BENEFICIOS ICREDED - RG 3900". >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución General Nº 5078 A.F.I.P.( Nº del )
Decreto N° 301/21. Inscripción. Resolución General N° 5.031 y su modificación. Norma modificatoria. Esta norma sustituye el primer párrafo del artículo 3° de la Resolución General Nº 5031 y su modificación, por el siguiente:
ARTÍCULO 3°.- Aquellos contribuyentes que a la fecha del dictado de la presente posean cuentas inscriptas en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias, beneficiadas por las exenciones previstas en el artículo... >
»» INICIAR SESIÓN
9 de septiembre de 2021
,por Santos Romero, Analía
Cuando el resultado del ejercicio da quebranto, por lo que no es utilizable el credito por el impuesto de referencia, ¿este es utilizable al 100% en el ejercicio siguiente, de dar utilidad?
Solo se puede trasladar a ejercicios siguientes como.pago a cuenta el 33% del impuesto sobre los Créditos y Débitos abonado y no computado en el ejercicio.
>
»» INICIAR SESIÓN
Un contribuyente no pudo utilizar la totalidad del pago a cuenta generado por el impuesto a los débitos y créditos bancarios en ganacias 2019. ¿Puedo tomar la totalidad del saldo del 2019 de pago a cuenta por débitos y por créditos en el 2020? ¿o solo un porcentaje? ¿dónde debo cargarlo en el aplicativo de ser posible su cómputo?
Conforme lo establecido por la RG Nº 3946 y el artículo 13 del Decreto Nº 380/2001, sólo se puede trasladar como pago pago a cuenta de períodos fiscales siguientes, pero sólo el 33% del impuesto abonado por los débitos y créditos... >
»» INICIAR SESIÓN
Circular Nº 3 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.709 del 2021-07-26)
Cuentas corrientes. Contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Exención. Decreto N° 301/21. Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.. Por medio de esta norma se aclara que el deber de inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias establecido por la Resolución General N° 3900, prevista en el decimoséptimo... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Los CBU de qué cuentas bancarias deben registrar los monotributistas en el Registro de Beneficios en el Impuesto a los Créditos y Débitos a fin de gozar de la exención en el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios?
A partir del 1º de agosto de 2021, los débitos y créditos efectuados en cuentas -inclusive de pago- cuyos titulares se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) e inscriptos en el Registro dispuesto por la Resolución General AFIP N° 3900.
La exención del impuesto a los débitos y créditos abarca a la... >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución General Nº 5032 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.710 del 2021-07-27)
Decreto Nº 301/21. Cuentas de pago. Resolución General N° 5031. Su modificación.. Se modifica en el artículo 3° de la Resolución General Nº 5031, la expresión Decreto N° 380/21 por la expresión Decreto N° 380/01. >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución General Nº 5031 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.709 del 2021-07-26)
Decreto Nº 301/21. Cuentas de pago. Resoluciones Generales Nros. 2111 y 3900. Norma modificatoria y complementaria.. la Resolución General Nº 2.111, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Incorporar como punto 3 del inciso a) del artículo 2º (agentes de liquidación y percepción del gravamen), el siguiente:
3. Los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) o las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros,... >
»» INICIAR SESIÓN
Decreto Nº 301 P.E.N.(B.O. Nº 34.651 del 2021-05-08)
Ley de Competitividad. Decreto Nº 380/2001. Modificación.. Se introducen las siguientes modificaciones al Decreto Nº 380/2001:
- Se incorpora como anteúltimo párrafo del artículo 5° del Anexo, el siguiente:
Tratándose de movimientos de fondos en cuentas de pago, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) o las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, según corresponda, serán los encargados de actuar como agentes de liquidación y percepción,... >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución General Nº 4922 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.573 del 2021-01-29)
Ley N° 27.591. Resoluciones Generales Nros. 2111 y 3900, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma modificatoria.. Se modifican las Resoluciones Generales Nros. 2111 y 3900 a fin de contemplar en las citadas resoluciones generales el nuevo beneficio de reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias para las cuentas bancarias pertenecientes a concesionarios de servicios públicos.
Asimismo, se adecúa la fecha de vencimiento... >
»» INICIAR SESIÓN
Si una SA que durante todo el periodo 2019 mantuvo el certificado pyme vigente, por lo tanto se puede computar el 100% del impuesto al debito y credito bancario como pago a cuenta de ganancias, si con el monto de retenciones sufridas y anticipos pagos alcanza a compensar el imp. determinado, de manera que si informa el imp. al debito y credito bancario le quedaría saldo a favor en la ddjj de ganancias, ¿cómo debe proceder?
Primero se computa el pago a cuenta del ISCDB hasta el límite del impuesto determinado, luego se computa las retenciones y anticipos abonado.
El impuesto... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Al liquidar el impuesto a las ganancias del período fiscal 2019, un contribuyente puede tomar como pago a cuenta el 100% del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios del año 2019, siendo que en 2020 tramitó el certificado MyPyme?
Para poder computarse el 100% del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios como pago a cuenta de ganancias, el contribuyente debe estar categorizado como micro o pequeña empresa en el período fiscal 2019. El cómputo procede por el impuesto abonado desde la vigencia del certificado Mipyme. >
»» INICIAR SESIÓN
En caso de una empresa PYME que durante el 2019 estuvo todo el año categorizada como empresa Mediana Tramo I y cerró ejercicio el 31/12/19, ¿cuánto se puede tomar del impuesto sobre los créditos y débitos como pago a cuenta del impuesto a las ganancias? ¿Sería el 60%?
Si el contribuyente estaba categorizado como Mediana empresa Tramo I (por una actividad distinta a la INDUSTRIAL), se puede computar como pago a cuenta el 33% del impuesto cobrado por los débitos y créditos bancarios.
El 60% es para mediana empresa tramo I sector industrial. >
»» INICIAR SESIÓN
Tengo una empresa la cual compensó sus dos últimos anticipos de ganancias 2019 con impuesto sobre los créditos y débitos bancarios.
Esos anticipos se tomaron a cuenta en la DJ Gcias 2019, y esa DJ dio como resultado saldo a favor.
Sin embargo, el saldo a favor de la DJ no coincide con el que figura en AFIP, y la diferencia son justamente el importe de esos dos anticipos. Esto por qué puede deberse? ¿No me debería tomar ese saldo, dado que el impuesto ley en la DJ no tome lo que use para compensar?
El cómputo de anticipos en la declaración jurada, cancelados mediante... >
»» INICIAR SESIÓN
Decreto Nº 454 P.E.N.(B.O. Nº 34.377 del 2020-05-11)
Impuesto sobre los créditos y débitos bancarios. Decreto N° 380/2001. Modificación. Cuentas utilizadas en el desarrollo específico de su actividad por el Fondo de Garantías Argentino (FoGAr). Exención.. Mediante esta norma se incorpora como último inciso del primer párrafo del artículo 10 del Anexo del Decreto N° 380 del 29 de marzo de 2001 y sus normas modificatorias y complementarias, el siguiente, a fin de eximir del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios a:
) Cuentas utilizadas en el desarrollo... >
»» INICIAR SESIÓN
Decreto Nº 300 P.E.N.(B.O. Nº 34.334 del 2020-03-20)
Tratamiento diferencial. Contribuciones patronales. Reducción. Impuesto sobre los créditos y débitos bancarios. Recucción de alícuota.. Mediante esta norma se establece por el plazo de 90 días una reducción del 95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.541, que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino creado mediante Ley N° 24.241 y sus modificatorias, aplicable a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, cuyas... >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución General Nº 4675 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.307 del 2020-02-13)
Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). R.G. N° 2111 y N° 4659. Norma complementaria.. Mediante esta norma se establece con carácter de excepción, en sustitución de lo indicado en los artículos 3° de la Resolución General N° 2111, sus modificatorias y complementarias, y 7° de la Resolución General N° 4659 y su complementaria, que el ingreso de las percepciones que se practiquen en la semana comprendida entre los días 16 y 22 de febrero de 2020, deberá efectuarse en la siguiente... >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución General Nº 4665 A.F.I.P.(B.O. Nº 34.287 del 2020-01-17)
Resolución General N° 2111, sus modificatorias y complementarias. Norma modificatoria. Ley N° 27.541. Extracciones en efectivo. Duplicación de la tasa. Nuevos códigos de régimen.. Mediante esta norma se modifica la Resolución General N° 2111, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyese el artículo 4°, por el siguiente:
2. FORMA DE INGRESO
ARTÍCULO 4º.- El ingreso aludido en el artículo precedente se efectuará mediante transferencia... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Con la nueva ley de este impuesto, la duplicación de tasa del impuesto al cheque es para todo movimiento en la cuenta corriente?
En respuesta a su consulta le informamos lo siguiente:
En el caso de los créditos y débitos efectuados en cuentas -cualquiera sea su naturaleza- abiertas en las entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras, cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo, bajo cualquier forma, los débitos efectuados en las cuentas, estarán sujetos al doble de la tasa vigente para cada caso, sobre el monto de los mismos.
Dicho incremento no resultará... >
»» INICIAR SESIÓN
30 de septiembre de 2019
,por Santos Romero, Analía
Un productor Agropecuario categorizado como PYME, Tramo 1, realiza Servicios de Labranza, Producción de Leche, Venta de Hacienda y Venta de Cereales, ¿qué porcentaje del Impuesto a cheque, débito y crédito, puede tomar como pago a cuenta de ganancias?
El cómputo como pago a cuenta del 100% del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios rige para los sujetos categorizados como micro, y pequeña empresa. El cómputo del 60% rige para las industrias manufactureras consideradas "medianas -tramo 1-". Si el sujeto no está categorizado como pyme o es mediana empresa tramo 1... >
»» INICIAR SESIÓN
Una sociedad anónima cuya actividad es la de servicios prestados por despachantes de aduana categorizada como mediana empresa tramo 1, obtuvo el certificado mipyme, ¿puede compensar el impuesto a los débitos y créditos para compensar anticipos de ganancias? ¿En qué porcentaje?
Se podrá computar el 33% del impuesto cobrado por los créditos y débitos bancarios como pago a cuenta de ganancias o para el cómputo contra anticipos mediante compensación. >
»» INICIAR SESIÓN
Decreto Nº 547 P.E.N.(B.O. Nº 34.171 del 2019-08-08)
Impuesto sobre los créditos y débitos bancarios. Exenciones. Decreto N° 380/2001. Modificación.. Mediante esta norma se sustituye el inciso c) del primer párrafo del artículo 10 del Anexo al Decreto Nº 380 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones, por el siguiente:
c) Cuentas utilizadas en forma exclusiva por las compañías aéreas para depositar los fondos que deben percibir en concepto de la Tasa Aeroportuaria Única por Servicios Migratorios y de Aduanas establecida por el Decreto Nº 1409 de fecha... >
»» INICIAR SESIÓN
Decreto Nº 373 P.E.N.(B.O. Nº 34.122 del 2019-05-27)
Impuesto sobre los créditos y débitos bancarios. Exenciones. Empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros. Decreto N° 380/2001. Modificación.. Mediante esta norma se incorpora como último inciso del primer párrafo del artículo 10 del Anexo del Decreto N° 380 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificatorios, el siguiente:
) Cuentas utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad específica de prestación de servicios financieros... >
»» INICIAR SESIÓN
Decreto Nº 301 P.E.N.(B.O. Nº 34.103 del 2019-04-29)
Decreto N° 380/2001. Modificación.. Mediante esta norma se sustituye el inciso b del artículo 10 del Anexo al Decreto N° 380 del 29 de marzo de 2001 y sus modificatorios, por el siguiente:
b) Los débitos en cuenta corriente correspondientes a los fondos que se destinen a la constitución de depósitos a plazo fijo en una entidad financiera comprendida en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones y los créditos provenientes de la acreditación de esos depósitos a su vencimiento. El tratamiento previsto en este... >
»» INICIAR SESIÓN